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Lo que tenés que saber sobre el Aguinaldo (S.A.C.)
En diciembre surge la segunda cuota del, que surge de considerar el 50% de la mayor remuneración mensual del semestre que va de julio a diciembre.
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1. Periodos y fechas clave
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De acuerdo a la normativa hay que pagarlo hasta el 18 de diciembre.
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2. ¿Qué conceptos se incluyen?
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Sueldo básico. Horas extras. Comisiones. Bonificaciones y adicionales remunerativos (antigüedad, presentismo, etc.). Vacaciones. Días de licencia por enfermedad.
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3. ¿Qué no se incluye?
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Conceptos no remunerativos (beneficios sociales, reintegros de gastos, viáticos, etc.), salvo excepciones por acuerdo o convenios específicos.
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4. Fórmula de cálculo
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Para un semestre completo: (Mayor Remuneración del Semestre / 2).
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Para tiempo parcial (proporcional): (Mayor Remuneración del Semestre / 12) * (Meses trabajados).
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Para licencias sin goce de sueldo: Se toma el 50% de la mayor remuneración y se divide por los 180 días del semestre, multiplicando por los días efectivamente trabajados.
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Otras cosas que tenés que saber:
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Días computables: Se consideran días trabajados no solo los efectivos, sino también vacaciones, licencias por enfermedad y feriados, pero no las licencias sin goce de sueldo, maternidad o suspensiones.
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En caso de desvinculación: Si el contrato finaliza, se debe abonar el SAC proporcional al último día trabajado.
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Excepciones: Algunos conceptos no remunerativos pueden incluirse si hay acuerdo entre las partes o por convenio colectivo, siendo recomendable consultar a un experto.
